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                          Formulario Retorno por Mayor Valor

Régimen de facilidades de pago DECRETO 4053/2022










1. Inicio del Trámite


1.1 - Tipo de Tramite

Tipo de Trámite: (*)

Tipo de Pago(*):

Expedient en Trámite(*):



1.2 - Identificación del Gestionante, Representante y/o Apoderado

Tipo de Documento: (*)

Número de Documento(*):

Fecha de Nacimiento(*):

Primer Apellido(*):

Segundo Apellido:

Primer Nombre(*):

Segundo Nombre:

Documentación Adicional
Tip: se pueden cargar todos los archivos necesarios en un mismo campo de adjuntos, seleccionandolos todos a la vez al momento de adjuntar


1.3. Medios de contacto

Correo Electrónico(*):

Celular(*):

Télefono:

Fax:

Calle(*):

Número:

Número de Apartamento:

Departamento (*):

Unidad:

Ciudad:

Municipio:





1.4. Datos del inmueble que se adhiere al régimen de facilidades de pago

Localidad(*):

Padrón(*) :

Manzana:

Unidad:

Domicilio Calle(*) :



1.5. Documentación a anexar

Para poder adherirse al régimen de facilidades previsto en el Artículo 5 del Decreto Departamental Nº 4053, usted deberá adjuntar los siguientes documentos, por cada uno de los que se acojan al Decreto:

- Acreditar en forma fehaciente el vínculo jurídico respecto al inmueble

- Si se actúa por representación deberá acompañarse del documento que acredite dicha calidad. (Art. 24 RGAA Resolución Nº 908/1992)

Se deberá además para la petición orevista en el Artículo 5.2 del Decreto Departamental Nº 4053 relativa a los contribuyentes de tributos inmobiliarios en aplicación del artículo 102 del Decreto Departamental Nº 4036, acreditar:

- Que la gestión se realiza por los condóminos que representan al menos el 75% del total de las unidades del edificio y el valor de aforo del total del edificio

- Y estar en situación regular de pago de los tributos inmobiliarios

Anexar documentación correspondiente
Tip: se pueden cargar todos los archivos necesarios en un mismo campo de adjuntos, seleccionandolos todos a la vez al momento de adjuntar


1.6. Declaración Jurada

En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 97 y 119 del Reglamento de Actuación Administrativa, constituyo domicilio e indico otros medios de comunicación donde acepto se realicen las notificaciones correspondientes.

DECLARACIÓN JURADA (*)
En la ciudad de: , el día (nombre) titular del documento N.º DECLARO bajo juramento conocer los artículos 239 y 347 del Código Penal que se transcriben:

Artículo 239. FALSIFICACIÓN IDEOLÓGICA POR UN PARTICULAR: El que con motivo del otorgamiento o formalización de un documento público, ante funcionario público prestare una declaración falsa sobre su identidad o estado, o cualquiera otra circunstancia de hecho, será castigado con tres a veinticuatro meses de prisión.

Artículo 347. ESTAFA: El que con estratagemas o engaños artificiosos, indujere en error a alguna persona para procurarse a si mismo o a un tercero un provecho injusto en daño de otro, será castigado con seis meses de prisión a cuatro años de penitenciaria

De comprobarse alguna falsedad de lo declarado, los datos o documentación aportada a la Intendencia de Maldonado, esta procederá a realizar la denuncia penal de conformidad con lo dispuesto por los artículos del Código Penal Uruguayo antes relacionados.

(*)






Para dar continuidad al trámite, deberá anexar todos los documentos requeridos y completar los campos obligatorios.


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