Exoneración de Contribución Inmobiliaria - Personas en situación de Discapacidad V2



1.1. Identificación del gestionante







1.2. Medios de contacto










1.3. Padrón a exonerar


Si recuerda su número de formulario anterior, ingreselo aquí








1.4. Documentos a adjuntar


1.5. Declaración jurada

En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 97 y 119 del Reglamento de Actuación Administrativa, constituyo domicilio e indico otros medios de comunicación donde acepto se realicen las notificaciones correspondientes

Solicito ampararme a la exoneración que a continuación se detalla y declara bajo juramento cumplir con los requisitos exigidos y conocer y aceptar las responsabilidades que asume de carácter civil y penal por Declaración Jurada falsa, de conformidad a las normas legales vigentes.
REQUISITOS - POR DISCAPACIDAD
  • Que constituyan única propiedad, estén habitados en forma permanente por sus propios dueños y/o familiares de primer grado y uno de los integrantes del núcleo familiar tenga discapacidad permanente que le impida el acceso al mercado laboral.
  • Impuesto de C.I. HASTA $8.900 - EXONERA 100% DECRETO 4114/25
  • Impuesto de C.I. DE $8.901 A $26.700 - EXONERA 50% DECRETO 4114/25
  • Impuesto de C.I. MÁS DE $26.700 - EXONERA 10% DECRETO 4114/25

En la ciudad de
MALDONADO
el día
01/21/2026 12:36:01 AM
(nombre)
titular del documento Nº
Articulo 239. FALSIFICACIÓN IDEOLÓGICA POR UN PARTICULAR: El que con motivo del otorgamiento o formalización de un documento público, ante funcionario público prestare una declaración falsa sobre su identidad o estado, o cualquiera otra circunstancia de hecho, será castigado con tres a veinticuatro meses de prisión.
Articulo 347. ESTAFA: El que con estratagemas o engaños artificiosos, indujere en error a alguna persona para procurarse a si mismo o a un tercero un provecho injusto en daño de otro, será castigado con seis meses de prisión a cuatro años de penitenciaria.
De comprobarse alguna falsedad de lo declarado, los datos o documentación aportada a la Intendencia de Maldonado, esta procederá a realizar la denuncia penal de conformidad con lo dispuesto por los artículos del Código Penal Uruguayo antes relacionados.

Cláusula de consentimiento informado

Los datos personales que quien gestiona suministre por este medio, quedan protegidos por las disposiciones de la ley Nº 18.331, de 11 de agosto de 2008 (Ley de Protección de Datos Personales - LPDP) y serán incorporados a una base de datos respecto de la cual se garantiza su adecuada protección y la adopción de las medidas de seguridad necesarias para evitar su alteración, pérdida y el acceso no autorizado por terceros. La Intendencia de Maldonado tratará dicha información a los efectos de comunicarse con la persona que gestiona y enviarle información relevante y de su interés en temas vinculados a sus trámites, gestiones, obras y otras cuestiones que lo vinculan a esta Administración.