VISTO:
las
presentes actuaciones relativas a la necesidad de optimizar los
contralores en materia de caminería rural;
RESULTANDO:
que
por Resolución Nº 02471/2017 se contrató a Oliden Gregorio
Guadalupe Fernández C.I. Nº 3:727.552-3 para prestar servicios de
planificación, control y vigilancia en relación a la caminería
rural departamental;
CONSIDERANDO:
I)
que por razones de oportunidad y mérito se considera pertinente
dar continuidad a la prestación de los servicios dispuestos por
Resolución Nº 02471/2017;
II)
que al tenor de lo establecido en el artículo 8 del Estatuto del
Funcionario, Decreto Departamental Nº 3828/007, y teniendo en cuenta
que se realizará una actividad y prestará un servicio para la
Administración, corresponde la celebración de un contrato de
arrendamiento de servicios, pudiéndose realizar el mismo al amparo
de lo dictaminado por la Dirección de Asesoría Jurídica (archivo
adjunto en actuación 2);
III)
conforme a lo establecido en la disposición antes referida, la
contratación no otorga al arrendatario la calidad de funcionario,
rigiéndose su vínculo con esta Intendencia por lo establecido en el
contrato;
IV)
que la selección del co-contratante se puede realizar en forma
directa al amparo de lo estipulado en el artículo 33 literal B del
T.O.C.A.F, indicándose al Sr. Oliden Gregoio Guadalupe Fernández,
titular de la cédula de identidad número 3:727.552-3, para prestar
el servicio en los términos señalados en actuación 1;
V)
que se realizó reserva presupuestal: RE: RX6553 de fecha 9-01-2018;
ATENTO:
a
lo expuesto precedentemente y
a lo establecido en los artículos 33 literal B del T.O.C.A.F y 8 del
Decreto Departamental Nº
3828/2007;
EL
INTENDENTE DE MALDONADO
RESUELVE:
1º)
Dispónese
contratar en la modalidad de arrendamiento de servicios, por el
período de cinco (5) meses,
ad referéndum de la intervención del Contador Delegado del Tribunal
de Cuentas, al Sr. Oliden Gregorio Guadalupe Fernández titular de la
cédula de identidad número 3:727.552-3; cuyo objeto será prestar
servicios de planificación, control y vigilancia en relación a la
caminería rural departamental, de acuerdo a los términos que le
indique la Dirección General de Obras y Talleres.
2º)
Dispónese
que el precio por todo concepto será:
a)
sesenta y seis mil pesos uruguayos (66.000 $) más I.V.A, dentro de
los 30 días del dictado de la presente Resolución.
b) cuatro
(4) cuotas mensuales, iguales y consecutivas de sesenta y seis mil
pesos uruguayos (66.000 $) más I.V.A cada una, pagaderas a los 60,
90, 120 y 150 días del dictado de la presente Resolución:
3º)
Notifíquese al Sr. Oliden Gregorio Guadalupe Fernández a través de
la Dirección General de Obras y Talleres, pase a la Dirección de
Contaduría para la intervención del Contador Delegado del Tribunal
deCuentas y siga a la Sub Dirección General de Asesoría Notarial a
los efectos dispuestos. Cumplido, siga a la Dirección General de
Obras y Talleres.
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