Resolución Expediente Acta Nº
Nº 00899/2018 2018-88-01-01879 00197/2018
 
Referencia
ACTUACIONES RELATIVAS A LA NECESIDAD DE PROFUNDIZAR LA DEFINICIÓN Y EJECUCIÓN DE MEDIDAS PARA EL FORTALECIMIENTO FINANCIERO, CONTRATACIÓN DE ISAAC ALFIE.
 
Resolución

VISTO: las presentes actuaciones relativas a la necesidad de profundizar la definición y ejecución de medidas para el fortalecimiento financiero;

RESULTANDO: I) que la Dirección General de Hacienda sugiere la contratación del Economista Isaac Alfie;

II) que el mecanismo de contratación será la celebración de un arrendamiento de obra, y la actividad profesional no implicará su incorporación a la Administración, ni sujeción a un régimen de subordinación jurídica;

CONSIDERANDO: I) que la Dirección General de Hacienda indica que: "...entiende necesario seguir contando con la participación del reconocido Economista Isacc Alfie, a efectos de llevar adelante informes sobre la ejecución presupuestal 2018, estructuración del programa financiero, estudio, informes en relación al Balance y Ejecución Presupuestal anual y sugerencias que entienda pertinentes dentro de los lineamientos de la Administración” (actuación 1);

II) que la Pro Secretaría General señala: "Dada la notoria competencia y experiencia comprobada de Isaac Alfie, en relación a los asuntos referidos por la Dirección General de Hacienda, se puede resolver directamente la vinculación contractual al amparo de lo previsto en el artículo 38 del T.O.C.A.F. En efecto, el mismo cuenta con amplia experiencia en el ámbito público y privado. En efecto, entre sus antecedentes se puede señalar que fue Ministro de Economía y Finanzas y Consultor de diversas Entidades: Banco Interamericano de Desarrollo, Banco Mundial, Organización Panamericana de la Salud, Organización Mundial de la Salud y Fondo Monetario Internacional. La obligación del mencionado profesional sería de hacer, esto es, realizar una actividad (formular informes y sugerencias que entienda pertinentes dentro de los lineamientos de la Administración) aplicando las prácticas más adecuadas en la materia." (actuación 2);

III) que el contrato a suscribir constituye una única e independiente vinculación contractual, considerando los elementos esenciales de objeto, plazo y precio;

IV) que se realizó reserva presupuestal (RX 1879);

ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo establecido en el artículo 38 del T.O.C.A.F;

EL INTENDENTE DE MALDONADO

RESUELVE:


1) Dispónese contratar en la modalidad de arrendamiento de obra hasta el 30 de junio de 2018, ad referéndum de la intervención del Contador Delegado del Tribunal de Cuentas, al Economista Isaac Alfie, cuyo objeto será de entregar las siguientes obras:

a) Evaluación y diseño de políticas de acción en relación a la Rendición de Cuentas y Balance de Ejecución Presupuestal del 2017.

b)  Estructuración del programa financiero y económico para el actual ejercicio.

c)  Formular informes sobre la ejecución presupuestal 2018 y plantear recomendaciones al respecto.

2) Establécese que cada uno de los literales referidos en el numeral anterior constituyen una obra en si misma considerada, cometiéndose a la Dirección General de Hacienda: determinar el plazo de cada uno de los tramos dentro del término máximo dispuesto en el numeral 1) del presente acto administrativo, efectuar los controles y autorizar los pagos en función de la recepción de cada uno de los informes.

3) Dispónese que el Economista Isaac Alfie recibirá como contraprestación el pago del siguiente precio:

a) pesos uruguayos setenta y un mil ( 71.000 $) más I.V.A dentro de los 10 días hábiles del dictado de la presente Resolución.

b) Cinco pagos mensuales, iguales y consecutivos de pesos uruguayos setenta y un mil ( 71.000 $) más I.V.A cada uno, a partir de los 30 días corridos del dictado de la presente Resolución, contra entrega en cada caso del informe que requiera la Dirección General de Hacienda de acuerdo al objeto de la contratación.

4) Notifíquese al profesional a través de la Dirección General de Hacienda, pase a la Dirección de Contaduría y siga a la Sub Dirección General de Asesoría Notarial a los efectos dispuestos.

5) Cumplido, pase a la Dirección General de Hacienda.